martes, 5 de mayo de 2009

Clase 04-05-09

Clase: 04/05/09 Política Institucional


Mariana, profesora de Ingles, ha realizado un curso de “Tecnología aplicada a la enseñanza de inglés” en FLACSO (Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales) y no sabe como registrar el curso para que le otorgue los bonificantes correspondientes. ¿Qué podemos hacer para ayudarla? ¿En que normas legales debe fundamentar su accionar?

PIRAMIDE LEGAL - PARTICULARIDADES Y DIFERENCIAS

Ley: Lo aprueba el poder legislativo

Decreto: Lo aprueba el poder ejecutivo (Gobernador)
Decreto-Ley: Lo aprueban los gobiernos de facto ya que suspenden la Legislatura
Resolución: Es aprobada (resuelve) por la Directora Genral de Cultura y Educación.
Disposición: Es emitida por los Directores de rama o los directores provinciales
Circulares Las circulares actualizan o aclaran aspectos que las anteriores instancias no tomaron en cuenta, pero no tienen mayor peso que ellas. Hay de varios tipos conjuntas (firmadas por los directores de (todas las rama), técnicas (director de una rama en particular) parcial (director de la rama). .
Comunicaciones: Son emitidas y firmadas por las ramas de enseñanza.

Según Art. 14. de la CN- Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio; a saber: de trabajar y ejercer toda industria lícita; de navegar y comerciar; de peticionar a las autoridades; de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio argentino; de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa; de usar y disponer de su propiedad; de asociarse con fines útiles; de profesar libremente su culto; de enseñar y aprender.

Artículo 39.CPBA- El trabajo es un derecho y un deber social.

1- En especial se establece: derecho al trabajo, a una retribución justa, a condiciones dignas de trabajo, al bienestar, a la jornada limitada, al descanso semanal, a igual remuneración por igual tarea y al salario mínimo, vital y móvil.

A tal fin, la Provincia deberá: fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones del empleador y ejercer en forma indelegable el poder de policía en materia laboral; propiciar el pleno empleo, estimulando la creación de nuevas fuentes de trabajo; promover la capacitación y formación de los trabajadores, impulsar la colaboración entre empresarios y trabajadores, y la solución de los conflictos mediante la conciliación, y establecer tribunales especializados para solucionar los conflictos de trabajo.


Artículo 35.CPBA- La libertad de enseñar y aprender no podrá ser co

artada por medidas preventivas.

Articulo 67 Obligaciones de la NUEVA LEY

Nacional de Educación N° 26.206 incisos C) El docente esta obligado a

capacitarse y actualizarse en forma permanente.

Según la Resolución Nro.4730/08 de la DGCyE: Puntajes curso capacitación docente. El docente que realiza capacitaciones

recibe un puntaje bonificante.




Respuesta:

Hay que ir a la plata con originales del titulo/curso, el programa de estudios y la resolución de autorización del dictado de la carrera. En reconocimiento de títulos, hay que hacer un expediente, tarda un poco pero luego determinan la incumbencia de títulos, si es una carrera nueva, sino hay que ver si ya está en http://www.abc.gov.ar

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1 comentario:

Marianela Don dijo...

Esta clase me parecio verdaderamente muy interesante ya que es algo que nos puede pasar en nuestra vida como profesionales en la docencia que seremos ( y muchos somos hoy en dia). La verdad desconocia los pasos que se debian seguir para que nos reconozcan un certificado por un curso.